En mérito del artículo 22 de la Ley N°18.287, las infracciones afectas al beneficio de rebaja del 25% de multa, son todas aquellas calificadas como graves, menos graves y leves.

NOTA: Las infracciones de Tránsito cursadas tanto por carabineros o Inspectores Municipales podrán ser pagadas en Tesorería Municipal, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha del parte en cuestión, toda vez que NO sean infracciones Gravísimas.